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miércoles, febrero 10, 2010

"Derechos fundamentales"

Decía el otro día el Ministro de Justicia, que la propiedad intelectual es un derecho fundamental. Pues bien, le recuerdo al Sr. Ministro que en este país los Derechos Fundamentales están regulados en la Sección 1ª del Capitulo II del Título I de nuestra Constitución. Más concretamente en los artículos 15 al 29. Y en tales capítulos, veo que se habla del derecho a la vida, de la libertad ideológica y religiosa, del derecho a la libertad personal, del derecho a la intimidad e inviolabilidad del domicilio, de la libertad de residencia y circulación, de la libertad de expresión, del derecho de reunión y asociación, del derecho de participación, de la tutela judicial efectiva, del principio de legalidad penal , de la libertad de enseñanza, de la libertad de sindicación y el derecho de huelga, del derecho de petición ….

Pero les juro que por más que leo y releo tales artículos no encuentro dónde se establece la propiedad intelectual como tal derecho fundamental. Es más, el único sitio en toda nuestra Constitución donde se habla de propiedad intelectual es en el artículo 149, atribuyéndole al Estado, como competencia exclusiva ,la legislación al respecto.

Y, sinceramente, o nuestro Ministro de Justicia no se conoce la Constitución (y eso debería inhabilitarlo para ejercer su cargo) , o se está aprovechando de la ignorancia de la mayor parte de nuestros ciudadanos en estas materias para querérnosla meter doblada.

Pero voy a ir aún más allá. Tragándome el sapo de que la propiedad intelectual se considere un derecho fundamental, resulta que el artículo 81.1 de nuestra Constitución establece que las leyes relativas a derechos fundamentales deben ser leyes orgánicas. Y, como consecuencia deben ser aprobadas por una mayoría cualificada (mayoría absoluta en este caso) del parlamento.

Así que, ni aún admitiendo pulpo como animal de compañía, tal “derecho” puede ser regulado en una ley ordinaria, y, menos aún, en una disposición final de una ley ordinaria.

Y yo me pregunto, si yo, que no soy jurista, ni siquiera experto en derecho, tengo clara la ilegalidad de todo este asunto, ¿dónde coño se han metido el Consejo de Estado, la fiscalía, el Consejo General del Poder Judicial, el Defensor del Pueblo, la abogacía del estado y tantos otros órganos que no se han pronunciado al respecto?